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El artículo 2 de la Orden 5/2021, de 19 de febrero, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, de desarrollo del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública atribuye a la Subdirección General del Gabinete Técnico las funciones propias de la Unidad de Igualdad de la Conselleria.

En virtud del Decreto 87/2017, de 7 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, la Subdirección General del Gabinete Técnico, de forma transversal y coordinándose con el centro directivo de la Generalitat con competencias en materia de igualdad de género, ejercerá, en el ámbito de esta conselleria, como Unidad de igualdad, las siguientes funciones:

a. Velar por la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres.

b. Realizar el seguimiento, evaluación y desarrollo del grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

c. Asesorar en la elaboración de informes sobre impacto por razón de género.

d. Supervisar y proponer medidas para la incorporación de la perspectiva de género en cualquier actuación que se lleve a cabo en el ámbito de las competencias de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, así como analizar los resultados que su realización ha tenido con respecto al género.

e. Fomentar y asegurar el uso de lenguaje no sexista y no discriminatorio en los documentos e informes elaborados en la Conselleria.

f. Asistir técnicamente en la elaboración de la publicidad institucional promovida desde la Conselleria de forma que esta transmita valores positivos e igualitarios, evitando estereotipos de género.

g. Supervisar y proponer medidas para la incorporación de la perspectiva de género en la elaboración de los presupuestos.

h. Recabar la información estadística generada por la actividad de la Conselleria y asesorar en relación con su elaboración, además de realizar el análisis, seguimiento y control, desde la dimensión de género, de las estadísticas oficiales relacionadas con su ámbito competencial.

i. Promover la elaboración de estudios de investigación e informes técnicos de diagnóstico de la situación de las mujeres en relación con las áreas de actividad del departamento, con la finalidad de detectar y corregir posibles situaciones de desigualdad entre mujeres y hombres.

j. Asesorar en la elaboración de planes de igualdad, colaborar en su evaluación y proponer la adopción de medidas correctoras.

k. Impulsar la formación y sensibilización del personal del departamento en relación al alcance y significado del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, mediante la formulación de propuestas de acciones formativas a la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género.

l. Promover e impulsar el desarrollo de medidas de corresponsabilidad y conciliación de la vida personal, laboral y familiar que se adopten desde la consellería con competencias en función pública.

m. Impulsar y proponer medidas específicas dirigidas a corregir situaciones de desigualdad social que afecten especialmente a mujeres en exclusión social, víctimas de violencia o que sufren discriminación múltiple.